El macroproceso del voto por correo
Hemos seguido muy atentamente las elecciones estadounidenses, en donde el voto por correo es una posibilidad ampliamente utilizada y fomentada por los partidos en liza. Existe la modalidad de voto por correo o voto ausente, y la de voto anticipado. En ambos casos, las papeletas de votación son custodiadas por la administración, en urnas que quedan completamente selladas. Las normas varían en cada Estado: Algunos requerirán que los votantes soliciten una boleta por correo, citando una razón por la cual no pueden presentarse en persona. Y otros requieren un testigo para observar al votante que marca la boleta. En el medio están los estados «sin excusa» que enviarán una boleta por correo a un votante que la solicite por cualquier motivo.
Resulta muy interesante esta frase: «citando una razón por la cual no pueden presentarse en persona«. El verdadero caso del voto por correo en Melilla está en el 75% que ejerce el voto desde provincias y municipios de todo el Estado, sin residir en la ciudad. Ese voto está «estimulado» y sigue imparable.
Causas de nulidad
Las elecciones de 2008 se celebraron con el ruido mediático habitual sobre los votantes por correo, solo que unos llevan la fama y otros cardan la lana. La elecciones se celebraron sin que la Junta Electoral detectara anomalías, y proclamó los resultados sin reclamación, sospecha o sombra de ilegalidad. Da igual el modo en que se fomentara el voto o la intención de votar. Lo importante es que el elector meta su papeleta en el sobre, y que luego esa cadena de custodia no se rompa ni altere. Estados Unidos permite el voto hasta con un testigo que verifica que el votante marca la opción que desea: otros requieren un testigo para observar al votante que marca la boleta.
El proceso fue instruido a instancia de parte, el Partido Popular, en medio de una instrucción que no decayó nunca, y con la fiscalía entregada con celo a la causa. Si los delitos resultantes fueron realmente cometidos, como afirmaba la Sentencia N. 29/18, entonces lo lógico hubiera sido declarar fraudulentas las elecciones, y repetirlas. Esto hubiera sido imposible dada la distancia entre los hechos sucedidos y luego sentenciados. Hubiésemos deseado ese mismo celo instructor, y la misma vocación del Ministerio Público, en las presuntas tramas de corrupción denominadas como Ópera y Tosca, investigadas por la UDYCO (Unidad Contra el Crimen Organizado) de la Policía Judicial.
El caso es que la sentencia final, que ahora debe resolverse en el Tribunal Supremo, absolvió a 18 de los 30 acusados iniciales, aunque quizá esto vaya en favor de los todavía acusados. Ya extrañó que los encausados por los mismos hechos, fueran absueltos unos y condenados otros, con el mismo material probado. El abanico de delitos era también demasiado extenso. Era como tirar de una red de arrastre, en la que algo siempre cae.
Al iniciarse el juicio del Procés*, un magistrado afirmó: Los delitos se cometen o no, lo que no es admisible es ver qué comportamientos encajan o no con cada delito. Esto quiere decir que a veces hay más cocina previa al encausamiento, que delito en sí, y esta es la sensación con respecto al caso melillense. En nuestra opinión, El Tribunal Supremo debe decidirse entre la nulidad del proceso del voto por correo; motivos hay, como la más que dudosa intención de los testigos de cargo (Ikram Aanam y Nordim Abdel-Lah), como algunos excesos verbales de la Fiscalía en Sala y que fueron recogidos por la prensa (como la intimidación a testigos) o terminar por absolver a los 12 acusados restantes, de los 30 iniciales.
El Tercer Poder del Estado, La Magistratura, está cansada y da indicios de ello, de los manejos y enredos de los políticos en el ejercicio, uso y abuso, del Poder, y también del recurso a la Justicia para dirimir fricciones políticas, y como método para acabar con los rivales. Los delitos, se comenten o no. No solo cuando interesa.
La Justicia no suele rectificarse a sí misma, al igual que el poder Ejecutivo no suele reconocer errores. Una nulidad o una absolución completa supondría una rectificación de lo instruido y sentenciado en Melilla. Los políticos solo le temen a una cosa, a la inhabilitación para el ejercicio del cargo público. Probablemente la lista de delitos todavía pendientes de revisión desaparecerá por completo, así como la mayoría de los todavía acusados, que pasarán a la categoría de absueltos. Queda solo pendiente la cuestión de la inhabilitación. El Partido Popular ha conseguido inhabilitar a los tres últimos Alcaldes-Presidentes de la Ciudad de Melilla. En todo lo demás no tenemos dudas.
Nota: Melilla revienta el voto por correo | El Alminar de Melilla.* Intento de la Generalitat de Cataluña de proclamar la soberanía e independencia de la Comunidad Autónoma, a pesar de las advertencia de ilegalidad de los letrados del Parlament, del Tribunal Superior de Cataluña y del Tribunal Constitucional.
Nota: Cómo funciona el voto por correo en cada uno de los 50 estados – CNET en Español
«Esto quiere decir que a veces hay más cocina previa al encausamiento, que delito en sí, y esta es la sensación con respecto al caso melillense.»
Cocina y de alto standing, la del caso Montecristo. Una sarta de mentiras, conjeturas y suposiciones, que han tardado 6 años en darse cuenta, la justicia local. Una vergüenza de «justicia»
El caso Montecristo fue escandaloso. Y el daño público que hicieron con eso.